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“Resolución Judicial que afecta la Institucionalidad en la PNP”

  • Foto del escritor: ADOGEN PNP
    ADOGEN PNP
  • 14 sept
  • 2 Min. de lectura

PRONUNCIAMIENTO N° 07 - 2025 - ADOGEN PNP

 

Los Oficiales Generales en situación de retiro de la Asociación de Oficiales Generales de la Policía Nacional del Perú, en cumplimiento de su deber moral e institucional en defensa de la dignidad y cohesión de nuestra Policía Nacional, expresan a la ciudadanía lo siguiente:


  1. Con fecha 12 de setiembre del 2025, el 6to Juzgado de Investigación Preparatoria Permanente Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios - Arequipa, expide la RESOLUCIÓN NRO. 09-2025 sobre la suspensión preventiva de derechos, específicamente la suspensión temporal en el ejercicio del cargo solicitado por el representante del Ministerio Público para el señor Víctor José Zanabria Angulo, Comandante General de la Policía Nacional del Perú, por un plazo de 18 meses.


  2. La Ley 31570, determina que el Comandante General de la PNP es designado por el Presidente de la República por un periodo de dos años con posibilidad de prórroga por un año adicional, y establece que el Comandante General de la PNP puede ser cesado antes de la conclusión de su periodo únicamente por las causales siguientes:

 

  • Por muerte.

  • Por solicitud de pase al retiro del Comandante General.

  • Por incapacidad física permanente debidamente declarada por una junta médica que precise su inhabilitación para el ejercicio de la función.

  • Por incurrir en falta muy grave de acuerdo al régimen disciplinario de la Policía Nacional.

  • Por incurrir en la comisión de delito doloso, declarada por sentencia firme del Poder Judicial.

  • Por incurrir en la comisión de delito flagrante.

 

  1. Estas acciones conllevan el riesgo de generar una percepción de vulnerabilidad o presión sobre la institución, con grave afectación a la moral y autonomía dentro de la PNP; e influencia en la gobernanza y seguridad de la población, percibiéndose como una demostración de poder o influencia de ciertas entidades sobre la institución policial, comprometiendo la confianza de la ciudadanía en su Policía en circunstancias de alarmante incremento de la violencia criminal en nuestro país.


  2. La medida judicial extrañamente coincide con la fecha (12 Set.) en que la PNP por intermedio del GEIN capturó al cabecilla terrorista ABIMAEL GUZMÁN REINOSO “camarada Gonzalo” fecha que representa un alto valor histórico y simbólico para la Policía Nacional y el país en general, y por lo tanto expone a debate el equilibrio de poderes en la remoción de altos funcionarios públicos, así como la autonomía del Poder Judicial.


  3. Hacemos un llamado a las autoridades competentes para que las decisiones relacionadas con la conducción de la Policía Nacional se adopten con responsabilidad, mesura y visión integral de gobernanza, garantizando la estabilidad institucional y evitando menoscabar la moral de quienes integran sus filas; y reiteramos nuestro fiel, decidido e inquebrantable compromiso con la defensa de la patria, la democracia y el estado de derecho, exhortando a la familia policial a mantenerse firmes y unidos en defensa de la Ley y el orden

 

 

Santiago de Surco, 14 de setiembre del 2025

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