Rechaza propuesta de transferencia de funciones policiales a las municipalidades.
- ADOGEN PNP

- 16 oct
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PRONUNCIAMIENTO N° 10 - 2025 - ADOGEN PNP
Los Oficiales Generales de la Asociación de Oficiales Generales de la Policía Nacional del Perú (ADOGEN PNP), ante la propuesta anunciada por el alcalde de Lima señor Renzo Reggiardo Barreto en la reunión del presidente de la República con alcaldes de Lima Metropolitana, solicitan do transferir algunas funciones de la Policía Nacional del Perú a las municipalidades; hacemos conocer a la opinión pública lo siguiente.
La Constitución Política del Perú, que norma y regula la actuación de las Instituciones Públicas como la Policía Nacional del Perú y los Gobiernos Locales en su artículo 166°establece claramente la finalidad fundamental de la Policía Nacional del Perú de garantizar, mantener y restablecer el orden interno, prestar protección y ayuda a las personas y comunidad, garantizar el cumplimiento de las leyes y la seguridad del patrimonio público y privado, previene, investiga y combate la delincuencia y finalmente, vigila y controla las fronteras; mientras que los Gobiernos Locales conforme al artículo 195° tienen la responsabilidad de promover el desarrollo y la economía local y la prestación de los servicios públicos de su responsabilidad en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales de desarrollo; asimismo en el artículo 197° se les encarga brindar servicios de seguridad ciudadana, con la cooperación de la Policía Nacional del Perú conforme a ley y que es la institución titular del orden, prevención, investigación y seguridad pública.
El Perú cuenta desde el 6 de noviembre de 1988 con la Ley N° 24949 que fusiona a las Fuerzas Policiales que eran constituidas por la Guardia Civil, la Policía de Investigaciones y la Guardia Republicana creando la Policía Nacional del Perú como institución policial única. En esta perspectiva, la unidad institucional es crucial para mantener la coherencia y eficacia en la aplicación de la ley y en la respuesta a las necesidades de seguridad de la población.
El 16 de diciembre del año 2016, se expidió el Decreto Legislativo Nº 1267,con el Objeto de establecer y normar la estructura, organización, competencias, funciones y atribuciones de la Policía Nacional del Perú, así como sus regímenes especiales, en cuyo acápite 14) se señala explícitamente que es atribución del Personal Policial el “Fiscalizar el cumplimiento de las normas de tránsito por parte de los usuarios de la infraestructura vial; y de manera subsidiaria las normas de transporte en la red vial nacional”. Adicionalmente, debemos mencionar que esta función del control de tránsito, muchas veces está asociada a acciones delictivas, como homicidios, secuestros, contrabando, tráfico de armas, drogas, etc.
Las municipalidades en el marco constitucional y legal tienen una relación con la seguridad ciudadana desde una perspectiva administrativa-municipal, no es Operadora de Justicia ni cuentan con la misma facultad, capacidad, ni infraestructura para asumir funciones paralelas a la Policía Nacional. La Policía Nacional del Perú posee una organización jerarquizada y estructura nacional, con capacitación, equipos, experiencia y especialización profesional para el mantenimiento del orden y la seguridad pública con responsabilidad legal. Agregado a esto, se tiene que estos servicios de Serenazgo son diferentes en su preparación, actuación, composición, uniforme y equipamiento.
La transferencia de funciones constitucionales de la Policía Nacional a las municipalidades, fragmenta el orden y el ejercicio funcional de la seguridad pública en el país, función constitucional cuya exclusividades del poder ejecutivo y es ejercida por la Presidencia de la República mediante la Policía Nacional; por eso, su Jefe Supremo es el Presidente de la República tan igual paralas FF:AA, lo que afectaría principalmente la coordinación y respuesta efectiva ante situaciones de emergencia y delitos, independientemente de los aspectos de legalidad, legitimidad, capacitación y recursos en desmedro de la economía a nivel nacional.
Consideramos que, sería más efectivo fortalecer la Policía Nacional y desarrollar herramientas y mecanismos de cooperación y coordinación entre la institución policial y las municipalidades, siempre dentro del marco de la ley y respetando las competencias institucionales y responsabilidades legales de este ejercicio.
Santiago de Surco, 16 de octubre del 2025






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