EN DEFENSA DE LA INSTITUCIONALIDAD POLICIAL Y EL ESTADO DE DERECHO
- ADOGEN PNP

- 31 mar
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PRONUNCIAMIENTO N° 05 - 2026 - ADOGEN PNP
Los Oficiales Generales en situación de retiro de la Asociación de Oficiales Generales de la Policía Nacional del Perú (ADOGENPNP), ante las recientes explicaciones del Fiscal de la Nación Tomás Aladino Gálvez Villegas durante la sustentación del proyecto de Ley Orgánica del MP en el Congreso de la República; cumplimos con el deber institucional de informar a la opinión pública lo siguiente:
I. Expresamos nuestro firme y enérgico desacuerdo con la doctrina del privilegio jurídico contenida en las afirmaciones vertidas por el Fiscal de la Nación Tomás Aladino Gálvez Villegas, en el Congreso de la República, calificando como "un acabose" que la policía investigue a un fiscal. Tal postura denota una preocupante resistencia al control democrático y pretende establecer una jerarquía de ciudadanos, sugiriendo que los fiscales del Ministerio Público gozan de una condición de inafectabilidad procesal. No existe en nuestro ordenamiento jurídico la "exención por cargo" frente a la investigación técnica de un presunto delito en flagrancia.
II. Reivindicamos la autonomía funcional y técnica de la PNP, refiriendo que la Ley 32130 no es una concesión graciosa, sino la restitución de la facultad constitucional de investigación a la PNP, ahora denominada preliminar con la conducción jurídica fiscal. Menoscabar esta función bajo el argumento de que un policía no puede investigar a un fiscal, es desconocer la naturaleza técnico-científica de la criminalística y la investigación policial. La PNP no investiga personas por su rango, investiga hechos punibles. Subestimar esta capacidad no solo agravia a la institución policial, sino que vulnera la eficacia del sistema de justicia penal en su conjunto.
III. Consideramos que debe prevalecer una favorable relación entre las instituciones del MP y PNP, anteponiendo el interés general de lucha contra el crimen común y organizado, en beneficio de la comunidad; es por ello que reprobamos toda actitud antiprocesal, desde un enfoque estrictamente jurídico, y calificamos como antidemocrática la actitud de pretender situar a los miembros del Ministerio Público en una esfera de inmunidad fáctica frente a la investigación preliminar policial. El Ministerio Público ejerce la acción penal de oficio (Art. 159 de la Constitución),
pero no es el dueño de la verdad material ni está exento de la fiscalización ciudadana e institucional. La igualdad ante la ley (Art. 2, inciso 2 de la Constitución) es el pilar sobre el cual se edifica la República; desconocerlo es transitar hacia un autoritarismo institucional que la sociedad civil no puede tolerar.
IV. Exhortamos al Supremo Gobierno y al Congreso de la República, a garantizar la plena vigencia de la ley que restituye la función constitucional de investigación a la PNP, rechazando e impidiendo cualquier intento de modificación o variación de esta norma, como se observa en determinados contenidos considerados en el Proyecto de Ley Orgánica del Ministerio Público presentado en el Congreso de la República, apreciándose la voluntad e interés de desnaturalizar el espíritu de la ley 32130 para favorecer intereses corporativos.
V. La ADOGEN PNP, ratifica su compromiso de actuar con objetividad, imparcialidad y rigor técnico, en defensa de la institucionalidad de la Policía Nacional del Perú, reafirmando el concepto de que el cargo o la investidura del investigado, no debe ser óbice para el hallazgo de la verdad.
¡POR LA DIGNIDAD POLICIAL
Y EL RESPETO A LA CONSTITUCIÓN!
Santiago de Surco, 31 de marzo del 2026



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